Firma de un convenio regulador de divorcio de mutuo acuerdo en un despacho de abogados

Cómo hacer un convenio regulador sin cometer errores: Guía 2026 paso a paso

Hacer un convenio regulador es el paso más importante —y el que más dudas genera— cuando una pareja decide separarse o divorciarse de mutuo acuerdo. Es el documento que recoge los acuerdos sobre los hijos, la vivienda y la economía familiar, y sin él no es posible presentar una demanda de divorcio de mutuo acuerdo.

En Lexsas Abogadas, expertas en Divorcios en Pontevedra, acompañamos cada semana a parejas en este proceso, así que en esta guía te explicamos, paso a paso y sin tecnicismos innecesarios, cómo se redacta, qué debe incluir, cuánto cuesta y si es posible hacerlo sin abogado o ante notario.

¿Qué es el convenio regulador y cuándo es obligatorio?

El convenio regulador es el documento en el que una pareja establece las medidas que se aplicarán después de su separación o divorcio. Su objetivo es dejar por escrito cómo se organizarán las relaciones familiares, personales y económicas a partir de ese momento.

El artículo 90 del Código Civil enumera su contenido esencial. Entre otras cuestiones, puede regular la guarda y custodia de los hijos, el ejercicio de la patria potestad, el régimen de visitas, el uso de la vivienda familiar, la pensión de alimentos, la liquidación del régimen económico matrimonial, la posible pensión compensatoria y el cuidado de los animales de compañía.

Es obligatorio presentar una propuesta de convenio cuando el divorcio o la separación se tramitan de mutuo acuerdo. El artículo 777 de la Ley de Enjuiciamiento Civil exige que se acompañe a la solicitud junto con la certificación matrimonial, las certificaciones de nacimiento de los hijos, cuando existan, y los documentos necesarios para justificar los acuerdos alcanzados.

En un divorcio contencioso no existe un convenio acordado por ambas partes. Cada persona formula sus peticiones y será el tribunal quien determine las medidas aplicables.

Cómo hacer un convenio regulador de mutuo acuerdo: pasos a seguir

Saber cómo se hace un convenio regulador implica algo más que rellenar un modelo. El documento debe adaptarse a la realidad de la familia y prever situaciones que podrían generar conflictos en el futuro.

  1. Reunir la información personal, familiar y económica.
    Conviene recopilar el certificado de matrimonio, las certificaciones de nacimiento de los hijos, nóminas o justificantes de ingresos, gastos habituales, títulos de propiedad, contratos de alquiler, préstamos, hipotecas, saldos bancarios y documentación de los bienes comunes. Si hay mascotas, también puede ser útil su documentación veterinaria y de identificación.
  2. Definir las medidas relacionadas con los hijos.
    Hay que decidir el sistema de custodia, el domicilio habitual, el calendario de estancias, las vacaciones, las entregas y recogidas y la forma en que se tomarán las decisiones importantes. También es recomendable regular la comunicación telefónica o por videollamada y qué ocurrirá en fechas especiales.
  3. Calcular las necesidades económicas familiares.
    Deben analizarse los gastos ordinarios de los hijos, la capacidad económica de cada progenitor y los gastos vinculados a la vivienda. El convenio ha de indicar las cantidades, la forma de pago, la cuenta bancaria, la fecha de abono y el sistema de actualización.
  4. Acordar el uso de la vivienda y el reparto patrimonial.
    Es necesario establecer quién continuará usando la vivienda familiar, qué ocurrirá con la hipoteca o el alquiler y cómo se repartirán los muebles y objetos de uso común. También debe valorarse si se liquidará el régimen económico matrimonial en ese momento o en un procedimiento posterior.
  5. Redactar cláusulas claras y aplicables.
    Una abogada especializada transforma los acuerdos de la pareja en un texto jurídicamente preciso. No basta con escribir, por ejemplo, que las vacaciones se repartirán “por mitad”. Es mejor determinar fechas, horas, lugares de entrega, años pares e impares y cómo se resolverán los cambios puntuales.
  6. Revisar, firmar y presentar el convenio.
    Las dos partes deben comprender y aceptar todas las cláusulas. En la vía judicial, el convenio se presenta junto con la solicitud y los cónyuges son citados para ratificar su voluntad. Cuando existen hijos menores o hijos con discapacidad con medidas de apoyo atribuidas a sus progenitores, interviene el Ministerio Fiscal para informar sobre las medidas que les afectan.

¿Qué debe incluir un convenio regulador?

El contenido dependerá de cada familia. Sin embargo, el artículo 90 del Código Civil señala una serie de materias que deben regularse cuando resulten aplicables.

Custodia y patria potestad

La custodia determina con quién convivirán habitualmente los hijos y cómo se distribuirán los tiempos de cuidado. Puede ser exclusiva para uno de los progenitores o compartida.

La patria potestad se refiere a las decisiones importantes sobre salud, educación, residencia o formación. El artículo 154 del Código Civil establece que debe ejercerse siempre en interés de los hijos, respetando sus derechos y su integridad física y mental.

Régimen de visitas

Cuando los hijos viven principalmente con uno de los progenitores, debe fijarse el régimen de comunicación y estancia con el otro.

Es recomendable concretar fines de semana, días intersemanales, vacaciones escolares, festivos, cumpleaños y entregas. También conviene prever cómo se comunicarán los cambios y con cuánto margen deben solicitarse.

Cuanto más precisa sea esta cláusula, menor será el riesgo de que cada persona interprete el acuerdo de forma distinta.

Vivienda familiar y ajuar

El convenio debe regular quién utilizará la vivienda familiar y durante cuánto tiempo, así como el destino de los muebles y objetos de uso ordinario.

El artículo 96 del Código Civil contiene las reglas aplicables cuando no existe un acuerdo aprobado judicialmente. Por eso, antes de pactar esta medida es importante valorar la edad de los hijos, el tipo de custodia, la titularidad del inmueble, la existencia de hipoteca o alquiler y las alternativas habitacionales de cada parte.

La atribución del uso no equivale necesariamente a transmitir la propiedad de la vivienda.

Pensión de alimentos

La pensión de alimentos cubre las necesidades ordinarias de los hijos, como alimentación, vivienda, ropa, educación y asistencia sanitaria no cubierta por el sistema público o por un seguro.

El convenio debe indicar la cuantía, el día y la cuenta de pago, el sistema de actualización y la distribución de los gastos extraordinarios. También es aconsejable definir qué gastos se consideran extraordinarios y cuándo necesitan el consentimiento previo de ambos progenitores.

No existe una cantidad automática válida para todas las familias. Deben valorarse las necesidades de los hijos y la capacidad económica de cada progenitor.

Liquidación del régimen económico

El convenio puede incluir la liquidación del régimen económico matrimonial cuando resulte procedente y siempre que éste sea el de sociedad de gananciales. Esto permite repartir los bienes, las cuentas y las deudas comunes dentro del mismo proceso.

Antes de hacerlo deben identificarse correctamente los activos y pasivos, comprobar la titularidad de cada bien y valorar las consecuencias fiscales o registrales de las adjudicaciones.

Cuando el patrimonio es complejo, puede ser preferible dejar la liquidación para un momento posterior y regular mientras tanto el uso y el pago de los bienes comunes.

Pensión compensatoria

La pensión compensatoria no es una pensión de alimentos. Puede reconocerse cuando la separación o el divorcio provoca en uno de los cónyuges un desequilibrio económico respecto del otro y un empeoramiento en comparación con su situación durante el matrimonio.

Según el artículo 97 del Código Civil, la compensación puede consistir en una pensión temporal, una pensión indefinida o una prestación única. Su procedencia y duración dependen de las circunstancias concretas de la pareja.

Mascotas

El convenio puede establecer con quién vivirá el animal, cómo se repartirán los tiempos de convivencia y quién asumirá los gastos veterinarios, de alimentación o de cuidado. Con la normativa actual, la regulación de la custodia compartida de las mascotas busca priorizar siempre su protección.

El artículo 90 del Código Civil exige tener en cuenta tanto el interés de la familia como el bienestar del animal. No es suficiente aplicar automáticamente las reglas de reparto previstas para otros bienes.

¿Se puede hacer un convenio regulador sin abogado?

No puede formalizarse un divorcio mediante convenio regulador sin asistencia letrada.

En un divorcio judicial, también cuando es de mutuo acuerdo, es necesaria la intervención de abogado y procurador. Si existe un acuerdo real y no hay intereses contrapuestos, ambos cónyuges pueden contar con una misma dirección letrada y representación procesal, lo que suele reducir el coste.

En el divorcio ante notario no interviene procurador, pero la asistencia de un abogado en ejercicio también es obligatoria. La vía notarial no constituye una excepción que permita divorciarse sin abogado: la reforma introducida por la Ley 15/2015 exige que los cónyuges comparezcan personalmente y estén asistidos por letrado.

La pareja puede preparar una lista inicial de acuerdos por su cuenta. Sin embargo, utilizar un modelo descargado de internet sin revisión profesional puede dejar cuestiones importantes sin regular o incluir cláusulas difíciles de ejecutar.

¿Cuánto cuesta hacer un convenio regulador?

No existe una tarifa oficial única. El precio depende de los honorarios profesionales, del trabajo de negociación y de los trámites incluidos en el presupuesto.

Como referencia de mercado, algunas guías publicadas en 2026 sitúan la redacción y tramitación de un convenio de mutuo acuerdo aproximadamente entre 500 y 1.100 euros. Es un rango orientativo: antes de contratar conviene comprobar si comprende abogado, procurador, impuestos, IVA, negociación, liquidación patrimonial o trámites notariales.

Los principales factores que afectan al coste son:

  • La existencia de hijos y la complejidad de las medidas paternofiliales.
  • El grado de acuerdo entre las partes.
  • El número y valor de los bienes y deudas.
  • La inclusión de la liquidación del régimen económico.
  • La vía judicial o notarial elegida.
  • La necesidad de varias reuniones o propuestas de negociación.

En Lexsas Abogadas facilitamos presupuestos detallados y valoramos la posibilidad de fraccionar el pago. Puedes pedir tu presupuesto para el divorcio sin compromiso y conocer desde el principio qué servicios están incluidos.

¿Se puede hacer un convenio regulador ante notario?

Sí. La Ley 15/2015, de Jurisdicción Voluntaria, introdujo la posibilidad de formalizar determinados divorcios y separaciones de mutuo acuerdo ante notario.

Para utilizar esta vía deben cumplirse, entre otros, estos requisitos:

  • Los cónyuges deben estar de mutuo acuerdo.
  • Deben haber transcurrido al menos tres meses desde la celebración del matrimonio.
  • No puede haber hijos menores no emancipados.
  • Tampoco puede haber hijos mayores con discapacidad respecto de los cuales se hayan establecido medidas de apoyo atribuidas a sus progenitores.
  • Los cónyuges deben comparecer personalmente.
  • Deben estar asistidos por un abogado en ejercicio.

Cuando haya hijos mayores o menores emancipados que convivan en el domicilio familiar y carezcan de ingresos propios, deberán prestar su consentimiento a las medidas que les afecten.

El notario formaliza el divorcio mediante escritura pública. Esta vía puede ser adecuada cuando el acuerdo está completamente cerrado y se cumplen todos los requisitos, pero no es necesariamente la mejor opción para todas las familias.

Cómo hacer un convenio regulador sin estar casados (parejas de hecho)

Las parejas no casadas no tienen que tramitar una separación o un divorcio. Sin embargo, cuando tienen hijos en común necesitan regular las consecuencias de la ruptura mediante un procedimiento de medidas paternofiliales.

En ese documento pueden acordar la custodia, la patria potestad, el régimen de estancias, la pensión de alimentos, los gastos extraordinarios y el uso de la vivienda cuando afecta al interés de los hijos.

El procedimiento es similar al seguido para aprobar las medidas relativas a los hijos de un matrimonio. Si existe acuerdo, se presenta una propuesta conjunta para su aprobación. Si no existe, cada progenitor formula sus peticiones y el tribunal decide.

Cuando no hay hijos, la pareja puede necesitar acuerdos sobre bienes, vivienda, préstamos o gastos comunes, pero no se tratará de un convenio regulador matrimonial en sentido estricto.

Cómo redactar un convenio regulador con hijos: medidas paternofiliales

Para hacer un convenio regulador con hijos no basta con elegir entre custodia compartida o exclusiva. Las medidas paternofiliales deben traducirse en una organización viable para la vida cotidiana.

Un convenio bien trabajado debería responder a cuestiones como estas: dónde estarán empadronados los hijos, cómo se repartirán las vacaciones, quién realizará las entregas, cómo se comunicarán con el otro progenitor, cómo se tomarán las decisiones médicas y escolares y qué ocurrirá si uno de los progenitores cambia de domicilio.

También debe definir los gastos ordinarios y extraordinarios, su forma de autorización y el reparto correspondiente. Expresiones genéricas como “los gastos se pagarán a medias” pueden provocar dificultades si no se concreta qué gastos están incluidos.

El punto de partida debe ser siempre el interés de los hijos. Sus necesidades pueden ser diferentes según su edad, horarios escolares, estado de salud, vínculos familiares y disponibilidad real de los progenitores.

Custodia y pensión de alimentos en un convenio regulador con hijos menores

Tabla comparativa: convenio con abogado de mutuo acuerdo vs. ante notario vs. divorcio contencioso

Vía Requisitos Coste orientativo Tiempo aproximado Cuándo se aplica
Divorcio judicial de mutuo acuerdo Acuerdo sobre las medidas, convenio regulador, abogado y procurador Las referencias de mercado suelen situarlo aproximadamente entre 500 y 1.100 €, según complejidad y servicios incluidos Variable; suele ser más ágil cuando el convenio está cerrado y la documentación completa Cuando existe acuerdo, haya o no hijos menores
Divorcio ante notario Mutuo acuerdo, tres meses de matrimonio, ausencia de hijos menores no emancipados o hijos con las medidas de apoyo indicadas legalmente, asistencia de abogado Variable: honorarios de abogado y arancel notarial. Conviene solicitar un presupuesto conjunto Variable; normalmente ágil si toda la documentación y los acuerdos están preparados Cuando se cumplen los requisitos de la Ley 15/2015
Divorcio contencioso No requiere acuerdo entre las partes; cada una formula sus peticiones Generalmente superior y muy variable; cada parte necesita su propia defensa y pueden existir pruebas o informes periciales Habitualmente más largo por la oposición entre las partes, la práctica de prueba y la carga del tribunal Cuando no es posible alcanzar un acuerdo total

¿Qué ocurre si el juez no aprueba el convenio regulador?

El tribunal y el Ministerio Fiscal revisan que los acuerdos sean legales y que no resulten perjudiciales para los hijos ni gravemente perjudiciales para uno de los cónyuges.

Cuando existen hijos menores o hijos con discapacidad con medidas de apoyo atribuidas a sus progenitores, el Ministerio Fiscal informa sobre las cláusulas que les afectan. Su función es proteger sus intereses, no defender la posición de uno de los progenitores.

Si alguna cláusula no se aprueba, esto no significa necesariamente que todo el proceso tenga que empezar de nuevo. El artículo 777 de la LEC permite que las partes presenten una nueva propuesta limitada a los puntos rechazados. Si no presentan una alternativa válida, el tribunal resolverá las medidas correspondientes.

Por eso es importante que el convenio esté bien fundamentado y no se limite a reproducir modelos generales.

¿Se puede modificar el convenio regulador?

Sí. Un convenio no es inmutable. Puede modificarse cuando las circunstancias tenidas en cuenta al aprobarlo cambian de forma sustancial.

Puede ocurrir, por ejemplo, si varían de manera relevante los ingresos, cambian las necesidades de los hijos, uno de los progenitores se traslada, la organización de la custodia deja de ser viable o aparece una nueva situación de salud o dependencia.

Cuando ambas partes están de acuerdo, pueden presentar una nueva propuesta siguiendo el procedimiento de mutuo acuerdo del artículo 777 de la LEC. Si no existe acuerdo, será necesario solicitar una modificación contenciosa y acreditar el cambio de circunstancias (dicho cambio deberá ser sustancial y con vocación de permanencia en el tiempo).

En nuestro servicio sobre divorcio y modificación de medidas puedes consultar cómo recibir asesoramiento adaptado a tu situación.

Lo que vemos en nuestro despacho en Pontevedra

En nuestro día a día en Pontevedra y en la comarca de O Morrazo —Cangas, Bueu y Marín— vemos que muchas parejas llegan a la primera consulta con acuerdos generales, pero todavía sin concretar aspectos importantes de la organización familiar.

Un error habitual es querer establecer un convenio regulador abierto y excesivamente flexible porque, en el momento de su firma, exista una buena relación entre las partes y se considera que podrán ir resolviendo las cuestiones sobre la marcha.

Sin embargo, en la práctica, esto suele ser un error. Mientras la relación sea cordial, las partes siempre podrán alcanzar los acuerdos que estimen más convenientes, con independencia de lo que establezca el convenio. No obstante, si con el tiempo la relación se deteriora o surgen discrepancias, resulta fundamental contar con un documento claro, detallado y específico que sirva de referencia.

Un convenio redactado de forma demasiado genérica o flexible puede acabar convirtiéndose, en la práctica, en un documento de escasa utilidad, al no ofrecer soluciones concretas para resolver los posibles conflictos que puedan surgir.

Los puntos que suelen necesitar más trabajo son el reparto de los gastos extraordinarios de los hijos, la organización de las vacaciones, el uso de la vivienda familiar y la forma de tomar decisiones sobre cuestiones escolares o médicas. También es habitual que existan dudas sobre cómo regular el cuidado de las mascotas o qué ocurrirá si uno de los progenitores cambia de domicilio.

Nuestra experiencia nos indica que el proceso resulta más sencillo cuando ambas partes aportan desde el principio la documentación económica necesaria y están dispuestas a concretar los acuerdos con detalle. Un convenio regulador claro no solo facilita la tramitación del divorcio, sino que ayuda a evitar interpretaciones distintas y conflictos posteriores.

Cuando existe una verdadera voluntad por ambas partes de alcanzar un acuerdo, no tiene sentido demorar la elaboración y firma del convenio regulador con la intención de ganar tiempo o retrasar el procedimiento. De hecho, esa demora únicamente prolonga una situación de incertidumbre que podría resolverse en un plazo relativamente breve.

En la práctica, si ambas partes colaboran y alcanzan un acuerdo, es perfectamente posible obtener el divorcio y la aprobación judicial del convenio regulador en aproximadamente dos meses. En los juzgados de Pontevedra, los procedimientos de divorcio de mutuo acuerdo suelen resolverse en torno a un mes desde la presentación de la demanda, por lo que el tiempo restante depende, principalmente, de la negociación, preparación y firma del convenio.

Preguntas frecuentes sobre cómo hacer el convenio regulador

¿Cuánto se tarda en redactar un convenio regulador?

El plazo depende de la complejidad familiar y, sobre todo, del acuerdo entre las partes. Si hay consenso y se aporta la documentación desde el inicio, la redacción es rápida; si hay que negociar aspectos como custodia, vivienda o bienes, se requerirán más reuniones y revisiones. Este tiempo de preparación es independiente del plazo posterior de aprobación judicial, el cual está sujeto a la carga de trabajo de cada juzgado.

¿Se puede hacer un convenio regulador sin abogado?

En un divorcio judicial (incluido el de mutuo acuerdo) la ley exige la firma de abogado y procurador; sí es posible prescindir de abogado únicamente en el divorcio notarial cuando no hay hijos menores ni con discapacidad, aunque incluso en ese caso es muy recomendable el asesoramiento legal para evitar cláusulas nulas o perjudiciales.

¿Quién me puede hacer un convenio regulador?

Aunque el contenido lo deciden los progenitores o cónyuges, la redacción jurídica debe realizarla un abogado especialista en Derecho de Familia. Si el acuerdo es total y ambas partes comprenden sus consecuencias, pueden compartir un mismo abogado para tramitar el mutuo acuerdo; sin embargo, si existen intereses contrapuestos, desequilibrio negociador o dudas patrimoniales, es recomendable que cada parte cuente con un asesor independiente.

¿Se puede hacer un convenio regulador ante notario?

La pareja puede preparar un borrador, pero necesita asistencia de abogado para formalizar el divorcio. En la vía judicial son necesarios abogado y procurador. En la vía notarial no se necesita procurador, pero la asistencia de un abogado también es obligatoria.

¿Cómo se hace un convenio regulador si no estamos casados?

Las parejas de hecho o no casadas con hijos en común pueden y deben regular sus relaciones mediante un procedimiento de medidas paternofiliales, que recoge los mismos aspectos relativos a los hijos (custodia, visitas, pensión de alimentos) aunque no exista matrimonio que disolver.

¿Cuánto cuesta hacer un convenio regulador?

De forma orientativa, algunas referencias de mercado sitúan la redacción y tramitación de un convenio de mutuo acuerdo entre 500 y 1.100 euros, aunque no existe una tarifa oficial. El precio dependerá de la existencia de hijos, el patrimonio, el grado de negociación y la vía elegida. Antes de iniciar el proceso conviene solicitar un presupuesto cerrado que indique si incluye abogado, procurador, IVA y demás gastos.

¿Qué pasa si el juez no aprueba el convenio regulador?

El juez puede rechazar una o varias cláusulas si considera que incumplen la ley, perjudican a los hijos o son gravemente perjudiciales para uno de los cónyuges.

Las partes podrán presentar una nueva propuesta sobre los puntos no aprobados. Si no alcanzan otro acuerdo válido, el tribunal determinará las medidas aplicables.

¿Tienes dudas con vuestro acuerdo o ya tenéis un borrador?

Si ya habéis alcanzado acuerdos o tenéis un primer borrador, podemos revisarlo, adaptarlo a vuestra situación y comprobar que las cláusulas sean claras y jurídicamente aplicables. También podemos encargarnos de la tramitación judicial o notarial correspondiente.

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