Es un profesional encargado de interponer en nombre del ciudadano los recursos contra sanciones impuestas por la DGT.
Se encarga de gestionar de la manera más ágil posible las sanciones impuestas por la DGT.
El plazo es de 20 días desde la notificación o bien para recurrirla o bien para abonar la multa en el periodo voluntario.
El plazo para la notificación de las multas va desde los 3 a los 6 meses dependiendo del tipo de multa, si te lo notifican pasado este plazo habrá prescrito y no tendrás que pagarla.
Si dentro del período voluntario no se paga, a partir del día 45 se incluirá un recargo en la multa, primero del 10% y luego del 20% y los intereses de demora y si todavía no se ha pagado en este momento es posible que se inicie un procedimiento de embargo de bienes para satisfacer esos importes.
No, si recurres la multa pierdes la oportunidad de pagarla con el descuento. Tendrás que elegir entre pagar la multa con el descuento y aceptar la sanción o recurrirla, si finalmente la recurres y es desestimada habrá que abonar el importe completo.
Por lo tanto, si no superas estos límites no se considerará delito y serás sancionado únicamente con una multa administrativa.
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