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¿AFECTADO POR EL CÁRTEL DE COCHES?

Te contamos de qué se trata y cómo puedes recuperar tu dinero.

¿QUÉ ES EL CÁRTEL DE COCHES?

El cártel de coches se define como una serie de acuerdos ilegales que se llevaron a cabo por numerosos fabricantes de coches en España entre febrero de 2006 y agosto de 2013. Los mismos compartían información confidencial que afectaba al libre mercado de los automóviles y llevaron a cabo una estrategia común para fijar el precio de venta de los automóviles obteniendo así un un control absoluto del mercado que impidió a los consumidores elegir libremente sobre el mejor precio o servicio.

Todo ello ha sido informado por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y ratificado por el Tribunal Supremo (TS). Por ello, los afectados tienen la posibilidad de reclamar una indemnización que suele alcanzar entre el 5% y el 15% del precio del vehículo, además de los intereses acumulados desde la compra. Ello dependerá entre otras cuestiones, del año, de la marca y del modelo del coche.

¿CÓMO SABER SI ME AFECTA?

Como hemos mencionado el referenciado cártel operó en España entre los años 2006 y 2013, por lo que para saber si eres un afectado tendrías que haber adquirido  un coche en este periodo de tiempo y a uno de los siguientes concesionarios:

ALFA ROMEO HONDA OPEL
AUDI HYUNDAI PEUGEOT
BMW JEEP PORSCHE
CHEVROLET KIA RENAULT
CHRYSLER LANCIA SEAT
CITROËN LEXUS SKODA
DODGE MERCEDES TOYOTA
FIAT MITSUBISHI VOLKSWAGEN
FORD NISSAN VOLVO

¿CUÁL ES EL PLAZO PARA RECLAMAR?

Las personas afectadas por el cártel de coches tendrán hasta abril del 2026 para efectuar su reclamación.

Si bien es cierto que el TS, en su sentencia de 20 de abril de 2021 marcaba el inicio del plazo de prescripción de un año, es decir, hasta el 2022, una nueva sentencia emitida por el TJUE  abre una nueva oportunidad para aquellas personas que no habían iniciado ninguna reclamación bien porque no se habían percatado de que eran afectados o bien porque no disponían todavía de la documentación requerida y amplía este plazo hasta el 2026.

¿CÓMO ES EL PROCEDIMIENTO?

En LEXSAS Abogadas somos partidarias, tanto en este tipo de conflictos como en otros de índole similar, de interponer, previo a una demanda judicial, una reclamación extrajudicial. Con ello qué conseguimos?

Pues por un lado, en caso de estimarse, abaratar los costes del procedimiento, los tiempos de un proceso judicial y una solución amistosa mutuamente beneficiosa. Por otro lado, en caso de obtener una respuesta negativa, un silencio o una contestación que no se ajuste a lo peticionado, de cara a un proceso judicial demostraremos la  buena fe de la parte demandante y ello nos resultará muy beneficioso de cara a una posible condena en costas.

Una vez que hemos interpuesto una reclamación extrajudicial y, como decíamos, no se alcanza un acuerdo, entramos ya a preparar nuestra demanda judicial. Qué documentación será necesaria? 

  1. Aquella que acredite la compra y el precio de adquisición del vehículo (factura, contrato de compra, transferencia bancaria al concesionario, etc.).
  2. Documentación del vehículo (ficha técnica del vehículo, permiso de circulación e informe reducido de la DGT).

A continuación, y esto es importante, debemos contratar a un profesional que nos realice un informe pericial. La finalidad de su elaboración es determinar el perjuicio sufrido y así establecer la posible indemnización a la que tiene derecho.

Recalcamos este punto porque dicho informe resulta de vital relevancia en el proceso judicial y su objetivo principal es la determinación del valor del mercado del vehículo sobre el que se está exigiendo el reconocimiento de responsabilidades.

Finalmente, una vez reunida toda la documentación y elaborado el informe pericial sólo nos quedaría presentar nuestra demanda.

Si tienes cualquier duda o estás interesado/a en reclamar por el cártel de coches, no dudes en contactarnos. 

En LEXSAS Abogadas analizaremos de forma gratuita y pormenorizada tu caso y te explicaremos si tienes derecho a su reclamación.

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