Es un medio de solución de conflictos en el cual las personas implicadas son las que tratan de resolver sus controversias con la ayuda del mediador.
Para ayudar a las partes de forma imparcial, neutral y confidencial hasta que adopten las soluciones que más les beneficien, abriendo vías de diálogo y nuevas perspectivas del problema.
La mediación familiar es un medio de solución de conflictos en el cual las personas implicadas son las que tratan de resolver sus controversias con la ayuda del mediador.
Son las partes las que asumen la realidad del problema y las que buscan las soluciones que más se adecuen a sus circunstancias, responsabilizándose de su situación y siendo orientadas por la figura del mediador. Es importante destacar que la mediación no tiene carácter terapéutico, no pretende sanar una relación familiar, sino buscar una forma de avanzar en el conflicto.
Esto supone que el proceso de mediación es completamente voluntario y que son las propias partes las que, a su libre disposición, pueden tomar la decisión de continuar o finalizar el procedimiento unilateralmente.
Es el profesional que ejerce esta labor es una persona formada o bien en la salud mental (psicóloga, psiquiatra) o bien en derecho, como es en nuestro caso. Su papel consiste en dirigir las sesiones, en escuchar a las partes y de forma totalmente imparcial, neutral y confidencial ir guiándolas hasta que ellas mismas adoptan las soluciones que más les benefician, abriendo nuevas vías de diálogo y nuevas perspectivas del problema.
En la mediación familiar trabajamos mediante el reconocimiento de las emociones, practicando la escucha activa, alentando a las partes a la autoexpresión, preguntando con eficacia, reencuadrando los diálogos y empleando diversas técnicas de comunicación. Se trata de orientar las sesiones de modo que sean las partes las que solventen sus diferencias, con la satisfacción que ello conlleva.
Se comienza por una primera sesión informativa. Esta sesión tendrá carácter informativo. En ella se pide a las partes que nos expliquen cuáles son sus objetivos y qué esperan alcanzar una vez finalizada la mediación y, a su vez, se les informa sobre el proceso a seguir, su posible duración y su coste, recalcando que la mediación es un procedimiento totalmente voluntario y que lo que se exponga será totalmente confidencial.
Una vez conocemos el problema tratamos de fijar día y hora de las sesiones consecutivas, analizando si debemos realizar entrevistas individuales, si es beneficioso que acudan terceras partes, si las sesiones serán conjuntas… todo ello va a depender del tema que tratemos y, por supuesto, una vez iniciado el procedimiento, el esquema original puede ir variando.
La última sesión se celebra a modo de reunión resumen. En ella se exponen los puntos sobre los que hay conformidad y a la inversa, y, a su vez, se resuelven las posibles dudas que las partes alberguen. Finalmente, se hace entrega a las partes un acta por escrito, el llamado acta final, donde se recoge de forma pormenorizada todo el trabajo realizado.
Dentro de la mediación familiar las situaciones más comunes sobre las que hemos mediado son las relacionadas con las derivadas de una separación o divorcio (guarda y custodia de los menores, pensión de alimentos, pensión compensatoria, disolución del régimen matrimonial…).
No obstante, también es habitual llevar a cabo medición sobre conflictos sucesorios, conflictos con menores adolescentes, conflictos que versen sobre cuidados a personas con discapacidad o de avanzada edad.
Todo problema susceptible de surgir en el ámbito intrafamiliar es apto para ser objeto de una mediación.
La mediación y el proceso judicial no son incompatibles ni excluyentes, sino que son procedimientos alternativos. Puede iniciarse un proceso de mediación con anterioridad a uno judicial o incluso puede suceder, en materia de familia, que las partes inmersas en batallas legales decidan solicitar al juzgador una suspensión del procedimiento a fin de alcanzar un acuerdo mediante la mediación.
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